NOTICIAS DESTACADAS


comentarios

No se publican comentarios anónimos
Ingresa tu mail y recibí toda la información en tu correo

sábado, 18 de diciembre de 2010

Horario de Bares, Confiterías y locales de expansión nocturna

También se fija una zona peatonal

El Departamento Ejecutivo municipal, emitió el Decreto 1108/2010, mediante el cual se reglamenta el horario de bares y confiterías, locales bailables y demás comercios de atención nocturna en época estival.

En las principales consideraciones expresadas en el Decreto, se establece la competencia municipal de regular el funcionamiento de los lugares públicos de expansión nocturna y asegurar su eficacia, al igual que tomar medidas de prevención cuando esté en riesgo la seguridad psíquica y física de los concurrentes.

Se fija además una zona peatonal, que estará vigente desde la fecha hasta el 28 de febrero del 2011.

En su artículos, entre las principales disposiciones, el Decreto establece:

  • Zona peatonal de las calles Mitre entre Hernández e H. Yrigoyen y Alem entre Rivarola y Alsina

  • La libre circulación de vehículos de seguridad y emergencias.
  • La prohibición de atención al público en bares, confiterías, bailables o locales de diversión entre las 5,30 y 7,00 horas los viernes, sábados, domingos, vísperas de feriados y feriados. (Excepción hecha a la confitería de la Terminal de Ómnibus con prohibición de venta de bebidas alcohólicas).
  • Responsabilidad de los propietarios de los lugares mencionados del control de la utilización de envases de vidrio y la higiene del sector

  • Prohibida la venta de alcohol a partir de las 4,30 hs, cesando la actividad a las 5,30 hs
  • Los lugares de esparcimiento con concurrencia de menores deberán funcionar de domingos a jueves de 10 a 24 horas. Viernes y sábados de 10 a 03 horas, observando las disposiciones sobre venta de alcohol a menores.

No hay comentarios:

Publicar un comentario